Introducción
María González, 48 años, residente fiscal en Madrid, ha recibido la herencia de su padre fallecido en Chile: dos departamentos de 120 m² y un terreno agrícola. Además, mantiene su propio negocio de consultoría en la capital. María necesita decidir cómo gestionar esos inmuebles, minimizar la doble imposición y aprovechar las ayudas de la Comunidad de Madrid disponibles en 2026.
La situación
María es contribuyente del IRPF en España y, como heredera, está sujeta a la tributación de sucesiones en ambos países. Su objetivo es conservar los activos, optimizar la carga fiscal y financiar la expansión de su consultora sin comprometer su liquidez.
Perfil: residente en Madrid, patrimonio neto 650.000 €, ingresos anuales 120.000 €, sin deudas importantes. Necesita liquidez para pagar el impuesto de sucesiones español (aprox. 30.000 €) y el impuesto a la herencia chileno (aprox. 15.000 €). Busca una solución patrimonial que le permita mantener los inmuebles, generar rentas y aprovechar cualquier subvención regional.
La ayuda que aplica
En 2026 la Comunidad de Madrid ofrece la línea de “Crecimiento y Consolidación” para autónomos y pymes que inviertan en activos productivos. La ayuda cubre el 50 % de la inversión, con un máximo de 140.000 € y un plazo de solicitud hasta el 31 de diciembre de 2026.
Requisitos clave: ser residente fiscal en la Comunidad, presentar un plan de negocio que demuestre incremento de plantilla (+1 empleado) y destinar la inversión a activos que generen ingresos (por ejemplo, alquiler de los inmuebles heredados). La ayuda puede combinarse con la “Ayuda a la constitución de cuenta propia” (hasta 5.600 €) si María decide crear una sociedad patrimonial para gestionar los bienes.
Paso a paso
María debe seguir estos pasos, con plazos exactos, para no perder ninguna subvención.
- Diagnóstico fiscal (antes del 15 marzo 2026): Contratar a un asesor tributario que elabore el cálculo de la doble imposición y la posible deducción por convenio entre España y Chile.
- Solicitud de ayuda “Crecimiento y Consolidación” (del 1 abril al 30 junio 2026): Presentar proyecto de alquiler a medio plazo, presupuesto de reformas (30.000 €) y plan de contratación (un asistente administrativo).
- Alta de sociedad patrimonial (antes del 31 julio 2026): Utilizar la “Ayuda a la constitución de cuenta propia” para cubrir 80 % de los gastos notariales y registrales, con tope 5.600 €.
- Registro de la herencia en el Registro de la Propiedad español (agosto 2026): Inscribir los inmuebles bajo la nueva sociedad para evitar la tributación personal directa.
- Pago de impuestos de sucesiones (septiembre 2026): Aplicar la deducción por convenio para reducir la carga en Chile y usar la ayuda de 140.000 € para financiar el pago en España.
- Inicio de alquiler y gestión (octubre 2026): Contratar a la administradora de fincas y poner los inmuebles en el mercado, generando un ingreso bruto estimado de 1.200 € mensuales por departamento.
Análisis de rentabilidad
El valor diferencial de Kpitalex radica en evaluar la decisión patrimonial bajo tres ejes: ROI, payback y coste de oportunidad, comparando alternativas como venta inmediata, alquiler tradicional o creación de sociedad.
Escenario A – Venta inmediata: Valor de mercado 300.000 € (dos departamentos). Impuesto sobre la ganancia (25 %) = 75.000 €. Liquidez neta ≈ 225.000 €. ROI = 0 % (no generación futura), payback inmediato pero pérdida de ingresos recurrentes.
Escenario B – Alquiler directo como persona física: Ingreso neto mensual 800 € (después de gastos). Inversión inicial 30.000 € en reformas. ROI anual = (9.600 €/30.000 €) ≈ 32 %. Payback ≈ 3,1 años. Doble imposición reduce rentabilidad en 10 %.
Escenario C – Sociedad patrimonial + ayuda de 140.000 €: Inversión neta 30.000 € (reformas) – 70.000 € (subvención 50 % de 140.000 €) = -40.000 € (subvención supera gasto). Ingreso neto mensual 1.200 € (después de gestión). ROI anual = (14.400 €/0 €) → infinito, pero consideramos coste de oportunidad del capital propio (30.000 €) = 48 % anual. Payback negativo (se recupera inversión en menos de 6 meses). Coste de oportunidad comparado con invertir 30.000 € en fondos indexados (rendimiento esperado 5 %) muestra un ahorro de 43 % anual.
Planificación: mantener la sociedad permite diferir impuestos, reinvertir beneficios y acceder a futuras ayudas regionales. Además, la ayuda senior +52 (línea 2) puede cubrir la cuota de la Seguridad Social del nuevo empleado, reduciendo costes en 1.200 € anuales.
Errores frecuentes
1. No considerar el convenio de doble imposición: Ignorar la deducción chilena puede elevar la carga fiscal en más de 10 000 €.
2. Solicitar ayudas fuera de plazo: La ventana de la línea “Crecimiento y Consolidación” cierra el 31 dicembre; perderla implica financiar la inversión con recursos propios, reduciendo el ROI.
3. Gestionar los inmuebles como persona física: Se pierde la posibilidad de aplicar la ayuda del 50 % y se incrementa la tributación personal.
Preguntas frecuentes
- ¿Puedo combinar la ayuda de 140.000 € con la ayuda a la constitución de cuenta propia? Sí, siempre que la solicitud de la primera se haga antes del 30 junio y la segunda antes del 31 julio. Ambas son compatibles y suman hasta 145.600 € de subvenciones.
- ¿Cuánto tiempo tarda la inscripción de los inmuebles en la sociedad? El proceso registral suele durar entre 4 y 6 semanas si se cuenta con la documentación completa.
- ¿Qué pasa si vendo los inmuebles después de 2 años? La ayuda de 140.000 € obliga a mantener la inversión al menos 3 años; la devolución sería del 30 % del importe subvencionado.
- ¿Cómo afecta la ayuda senior +52 a mi cotización? La subvención cubre la cuota de la Seguridad Social del nuevo empleado durante los primeros 12 meses, reduciendo el coste mensual en aproximadamente 100 €.
- ¿Puedo aplicar a la ayuda si ya tengo una empresa registrada? Sí, siempre que la empresa sea residente en la Comunidad y el proyecto de inversión cumpla los criterios de generación de empleo y rentabilidad.
Conclusión
María puede transformar una herencia compleja en una fuente de ingresos estable y rentable, aprovechando hasta 9.500 € de ayudas directas y la subvención de 140.000 € que cubre la mitad de la inversión. La clave está en actuar antes de los plazos, estructurar la propiedad mediante una sociedad patrimonial y calcular el ROI bajo la óptica de coste de oportunidad.
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Este contenido es orientativo y no constituye asesoramiento financiero ni de inversión personalizado.



