BLOQUE 1 — QUÉ HA PASADO La Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID) ha emitido una resolución con fecha 31 de julio de 2025, mediante la cual se otorga la acreditación como Organización no Gubernamental de Desarrollo (ONGD) Calificada. Esta acreditación es un reconocimiento oficial a la capacidad y cumplimiento de requisitos específicos por parte de una entidad, permitiéndole operar bajo un estatus preferencial en el ámbito de la cooperación internacional para el desarrollo. La resolución, publicada por el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, formaliza este reconocimiento tras un proceso de evaluación.
BLOQUE 2 — POR QUÉ IMPORTA Esta acreditación es de suma importancia porque confiere a las ONGD calificadas un acceso privilegiado a fondos públicos, programas de financiación y convocatorias gestionadas por la AECID y otras instituciones. Además, mejora significativamente la reputación y credibilidad de la organización ante donantes, socios internacionales y la sociedad en general, facilitando la captación de recursos y la ejecución de proyectos de mayor envergadura y alcance. Para el sector de la cooperación, asegura que los recursos se canalizan a entidades que cumplen con estándares de transparencia, eficacia y buena gobernanza, optimizando el impacto de la ayuda al desarrollo.
BLOQUE 3 — QUIÉN SE VE AFECTADO Principalmente se ven afectadas las Organizaciones no Gubernamentales de Desarrollo (ONGD) que operan o desean operar en el ámbito de la cooperación internacional con España, así como las entidades públicas y privadas que colaboran o financian proyectos de desarrollo.
BLOQUE 4 — QUÉ HACER Las ONGD interesadas en obtener esta acreditación deben revisar exhaustivamente los requisitos establecidos por la AECID y preparar una solicitud que demuestre su cumplimiento, prestando especial atención a la transparencia, la capacidad de gestión y la experiencia en proyectos de desarrollo. Es crucial mantener una gestión rigurosa y una comunicación transparente para conservar la calificación una vez obtenida.
Fuente: BOE — Disposiciones generales